Familia: Identidad, Retos y Esperanza

170 actas del tercer congreso católicos y vida pública Como señalan Orte y Ballester (2007), buena parte de las actitudes que llena nuestra cultura de la resolución de conflictos, tiene que ver con vivir los conflictos en términos de todo o nada, con la fuerza y la debilidad y con el ganar o perder. Son actitudes que caracterizan la vía judicial-contenciosa, basada en el modelo de adversarios, y que representa la opción predominante en nuestra sociedad a la hora de resolver los conflictos. Sin embargo, la justicia y la vía legal no solucionan los desafectos de la familia. Por eso, la mediación representa un procedimiento con múltiples potencialidades ante una necesidad real y apremiante. De hecho, para muchos profesionales y cada vez más Instituciones y ciudadanos, la mediación supone un auténtico símbolo de esperanza de las relaciones humanas. En España, la mediación familiar está regulada por diferentes leyes 13 , y al igual que en la mayoría de los países de nuestro entorno, los inicios de la mediación han estado unidos a los temas de familia. Interviene en una gran variedad de conflictos como la ruptura, separación, divorcio o nulidad, la organización del cuidado de un miembro dependiente, las discrepancias intergeneracionales, las disputas hereditarias, desavenencias entre hermanos... De hecho, es en este ámbito en el que existe un mayor desarrollo teórico y metodológico y donde la intervención profesional en mediación es más significativa. Dichas leyes acogen como un principio del proceso de mediación el interés superior del menor, y como una obligación del mediador velar porque el padre y la madre tengan especial cuidado con los intereses de los hijos, sobre todo, sin son menores o incapacitados. Tanto laOrientación como laMediaciónFamiliar sonmecanismos de prevención frente a las crisis familiares y, por tanto, son motivo de esperanza para la familia. Sin embargo, en ocasiones se cuestionan los beneficios que puede aportar la mediación en la prevención y 13 En España, la mediación comenzó a regularse a través de leyes autonómicas de mediación familiar, ya que las regiones tienen transferidas las competencias en estos asuntos. actualmente tenemos 13 leyes de mediación familiar y civil, en diferentes Comunidades Autónomas, y una Ley Estatal de Mediación en asuntos civiles y mercantiles, la Ley 5/2012, del 6 de julio. Estas leyes no solo abarcan problemas derivados de las separaciones y divorcios, además abordan una amplia variedad de conflictos, tensiones y desajustes que se producen en el seno de la familia.

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