Iglesia, Estado y Sociedad Ruptura y Continuidad 1800-1868
123 capitulares; en Puerto Rico, sólo existían canónigos de oficio. Los racioneros eran los prebendados inmediatos a los canónigos, que también contaban con su renta. En la catedral había, además, un número importante de clérigos en formación que actuaba como capellán de coro. Se suponía que los miembros de este cabildo debían reunir dos cualidades básicas para formar parte de él: ciencia y prudencia. Se esperaba que sus miembros se escogieran entre los clérigos de mayor grado académico, y de una edad que indicara la madurez del juicio. 8 Las funciones de este consejo estaban relacionadas con el culto y con el gobierno de la diócesis. Como miembros del cabildo, tenían la obligación de asistir al coro de la catedral para recitar las horas canónicas. Esta participación en el culto ayudaba a despertar y sostener el sentimiento religioso, y a dar, al mismo tiempo, esplendor a la liturgia para animar la vida espiritual del pueblo fiel. En su función gubernativa, este consejo ayudaba al obispo a resolver problemas que concernían a la administración eclesiástica. Esta función realzaba a las instituciones eclesiásticas porque representaba el consenso en las soluciones adoptadas. Ellos se reunían al menos una vez a la semana en la sala capitular para tratar asuntos concernientes tanto a la vida espiritual como la vida temporal del obispado. Sin embargo, la función principal del cabildo eclesiástico estaba relacionada con la ausencia del obispo; es decir, este consejo era la garantía de la continuidad del gobierno diocesano. Al faltar el obispo por muerte, renuncia, traslado o deposición, nadie tenía mejor conocimiento de las personas y de los asuntos de la diócesis que el cabildo de la catedral. En sede vacante, era el que nombraba al vicario capitular para gobernar la diócesis, hasta que se designara al siguiente obispo. 9 cabildo eclesiástico en el siglo XVII Entre los aspectos que caracterizaban la vida del cabildo eclesiástico de la diócesis de Puerto Rico durante el siglo XVIII, estaban la observación regular del orden de escala para el ascenso y la presencia mayoritaria de eclesiásticos puertorriqueños. De los 23 eclesiásticos que ingresaron al cabildo entre 1732 y 1793, 22 de ellos lo hicieron como racioneros, el rango de menor jerarquía del cuerpo capitular. De los 19 capitulares que ascendieron dentro del cuerpo, sólo 2 subieron un grado de jerarquía; es decir, pasaron de racioneros a dignidades sin haber sido canónigos. De los 23 eclesiásticos, 8 pasaron por los 3 niveles jerárquicos dentro del cabildo. De esos 23 sacerdotes, 14 habían nacido en la Isla. (Ver cuadro 4). 8 Pedro Benito Golmayo, Instituciones del derecho canónico . Tomo I. Madrid: Librería de Sánchez, 1870, pp. 179-205. 9 Ibid. El mérito no era suficiente: El cabildo eclesiástico...
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