Iglesia, Estado y Sociedad Ruptura y Continuidad 1800-1868
151 cual señalaba que varios ciudadanos, entre ellos el cura párroco, eran miembros de una sociedad secreta cuyo fin era conspirar contra España. Posteriromente se retractó, indicando que fue coaccionado a hacer la anterior declaración. 35 El Alcalde de Yauco, don Jaime Catalá comunicaba al Gobernador que la idea o causa autonomista estaba tomando un auge que, por desgracia, resultaba en extremo alarmante. Afirmaba que: no hubiese tomado tales proporcione si el elemento extranjero (verdadera colonia en esa jurisdicción) no simpatizase con la idea autonomista, a la cual presta el más decido apoyo con su influencia y dinero. 36 La voz del pueblo rumoraba que los corsos iban a organizarse en guerrillas En 1892 don Manuel Briganti promovió un expediente ante el municipio de Yauco para la Construcción de un nicho en el apartado del cementerio que se destina á los que murieron inconfesos . En la sesión ordinaria del 2 de abril de 1892, reunidos los señores del Ayuntamiento D. Jaime Catalá, presidente; D. Eduardo Grau y D. Antonio Negroni, Tenientes de Alcalde; los regidores D. Emilio Piquer, D. Pablo Roura, D. Antonio Rodríguez y D. Joaquín Bacó; y el síndico D. Francisco Mejía acordaron lo siguiente, según lo certifica Don Norberto B. Cordero y Rodríguez, secretario del Ayuntamiento y Alcaldía de Yauco: Traído á la vista el escrito que en demanda de permiso para construir un panteón en el cementerio civil presenta DonMiguel Briganti, manifestó el Sor. Alcalde Presidente que el Sor. Cura párroco Don José A. Pieretti, se había personado á él para hacerle presente que tenía noticia de que algunos vecinos ideaban fabricar tumbas en el cementerio destinado á los que mueren inconfesos, y que dicho sacerdote le había encargado, si así sucedía, que le hiciese comprender a los que tal pensaban que en su carácter de representante de la Yglesia Católica estaba dispuesto a no autorizar, el enterramiento de ningún creyente en el apartado que por error denominaban Cementerio Civil y que si á pesar de esta observación se persistía en ello, en ese caso se reservaba el derecho de acogerse a los medios que la Ley pone á su alcance para obligar que los que mueren en el Seno de la religión sean sepultados en el Cementerio Católico. 37 Los señores del Ayuntamiento concedieron el permiso: El Ayuntamiento discutió el punto acordando por fin se conceda al Sor. Briganti la autorización que solicita, aclarándose que la edificación deberá efectuarse en el lugar que a los que mueren inconfesos se destina, sujetándose para ello á las inscripciones vigentes sobre la materia y siempre que aquella no se destine a la especulación. 38 35 Ariel Santiago Vázquez, “El Componte del 1887 y su afección en la sociedad yaucana”, Reportaje (Yauco), Año XXI, Núm.9, 1 al 15 de mayo de 1991, p. 2. 36 Lidio Cruz Monclova (1970). Historia del año de 1887 . pp. 222-223. 37 “Pueblo de Yauco. Legajo 15. Número 74. Año de 1892. Negociado de Obras Públicas. Expediente. Construcción de un nicho en el apartado del cementerio que se destina a los que murieron inconfesos, por Don Miguel Brigante”. Fotocopia en Archivo del autor. 38 Ibíd. El Padre José Antonio Pieretti (1890-1903)...
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