El desafío de una educación solidaria

104 actas del viii congreso católicos y vida pública puedan desarrollar su propia vocación en el seno de la sociedad. Y por ello nos interesan particularmente dos instituciones: la familia y la escuela; en una formación superior, también la universidad. Por su parte el documento «Varón y Mujer los creó» para una vía de diálogo sobre la cuestión del gender en la educación de la Congregación para la Educación Católica establece: 37. Es racionalmente comprensible que, en la naturaleza misma de la familia, se fundan dos derechos fundamentales que siempre deberán ser respaldados y garantizados. El primero es el derecho de la familia a ser reconocida como el principal espacio pedagógico primario para la formación del niño. Este «derecho primario» después se traduce concretamente en la «obligación gravísima» 19 “de los padres de hacerse responsables de la “educación íntegra personal y social de los hijos” 20 , “también en lo que respecta a su educación sobre la identidad sexual y la afectividad” Sin duda corresponde a los padres, a la familia, esa primera y fundamental tarea educativa. Tarea en la que se enseña a las personas lo más esencial y que será trascendental en el desarrollo de su vida personal y social. Se aprende aquí lo que está bien y lo que está mal, se aprende a compartir, se aprende a escuchar, se aprenden y se hacen propios los principios y los valores sobre los que después cada persona construirá su propia vida. Por eso la familia es la primera escuela y es escuela de humanidad. Pero también por eso la familia necesita el apoyo de otras instituciones que colaboren en la tarea de formar a los niños y a los jóvenes para que estos crezcan, maduren, desarrollen su libertad… Y todo ello en un ambiente que no les sea hostil sino que, al contrario, los ayude a desarrollar y a fortalecer su propia personalidad. Que los ayude a ser para sí y para los demás. Solo así podrán desarrollar todas sus capacidades, mejorar su entorno y con ello mejorar la sociedad en la que vivimos todos. 19 Código de Derecho Canónico, can. 1136; cf. Código de Cánones de las Iglesias Orientales, can. 627. 20 Gravissimum educationis , n. 3.

RkJQdWJsaXNoZXIy NzUzNTA=