El sistema de función pública en Puerto Rico: origen, esplendor, crisis y visión del futuro

61 el sistema de función pública en puerto rico: origen, esplendor, crisis y visión de futuro empleados públicos bajo la Ley 45 de 1998. En la versión final del estatuto no aclararon estas secciones, por lo que se entiende que el estatuto tendría que ser enmendado. De forma similar, en las vistas públicas en la Comisión de Gobierno del P. de la C. 454 (sustitutivo del P. del S. 213), la organización Coordinadora Sindical, a través de su portavoz Luis Pedraza Leduc, apuntó a “la existencia de una supuesta contradicción entre uniformar un plan de clasificación de puestos y a su vez concebir planes de retribución por sector y/o agencia.” (Senado de Puerto Rico, 2017, 2 de febrero, p. 14). La interpretación de este organismo sindical es correcta. Existe incompatibilidad, aunque, como se menciona en la introducción de este trabajo, se percibe de una lectura del Plan Fiscal sometido a la Junta de Supervisión Fiscal para Puerto Rico la intención de establecer un plan de remuneración único o centralizado para el Gobierno de Puerto Rico. De forma similar, la ley establece por un lado, la política de crear un sistema de clasificación uniforme de puestos. Por el otro, postula que los empleados que tengan algún tipo de beneficios bajo las leyes vigentes de personal (Ley Núm. 184 y Ley 45) permanecerán iguales. Esto pudiera redundar en violaciones al principio constitucional de “igual paga por igual trabajo”, pues habría unos empleados con una paga superior a otros, aunque desempeñaran la misma labor y se les exigieran los mismos requisitos para ocupar su puesto. No deben descartarse reclamaciones legales para reivindicar este derecho constitucional. De otra parte, en otro escrito, este investigador abogó durante la vigencia de la Ley 184 por el establecimiento de un sistema semicentralizado o desconcentrado de administración de recursos humanos en el País (Vera Rodríguez, 2010; OCALARH, 2015). El planteamiento se fundamentaba en que era necesario un ente rector que estableciera uniformidad y claridad en las normativas y directrices en la administración de los recursos humanos en Puerto Rico. Simultáneamente se reconocían las dificultades que la implantación de un sistema totalmente centralizado imponía en la administración pública del País. Para aclarar, se consigna que el desarrollo de normas, reglas, normativas, exámenes de ingreso

RkJQdWJsaXNoZXIy NzUzNTA=