El sistema de función pública en Puerto Rico: origen, esplendor, crisis y visión del futuro

83 el sistema de función pública en puerto rico: origen, esplendor, crisis y visión de futuro el sistema de función pública en puerto rico: algunas recomendaciones En primer lugar, en lo tocante a la responsabilidad que tiene la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico, se entiende que la misma pudiera servir de motor a la modernización de la función pública y, asimismo, al desarrollo económico del País, si se implementaran los siguientes cambios: - Extender por más tiempo el nombramiento del director de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico, como sucede con otros cargos importantes. De ese modo, se lograría cierta independencia del poder político y se destacaría la importancia de la función pública. Su nombramiento, como en el caso del Contralor y del director de la Oficina de Ética Gubernamental, debería ser aprobado por la Cámara y el Senado. De hecho, el pasado ha legado buenos modelos sobre este particular. Así, por ejemplo, en la Ley 345 de 1947, el nombramiento del director de la Oficina de Personal del Gobierno tenía una duración de seis años. De forma similar, en la Ley 5 de 1975, se prohibía que el director de la Junta de Apelaciones del Sistema de Administración de Personal (JASAP) hubiese participado activamente en política partidista en los cuatro años previos a su nombramiento y la duración de los nombramientos de los miembros de la Junta oscilaba entre seis y ocho años (Vega, 2015, p. 57). - Dejar sin efecto, de manera inmediata, la Ley Número 89 del 25 de julio de 2016 (Ley de Empleo Temporal en el Servicio Público) la cual agrupa en la categoría de empleados transitorios a todos los empleados contratados por término definido en su Art. 9 (por contrato, irregulares, etc.), y a través de la cual se ha derrotado el principio de mérito en Puerto Rico al convertir en empleados regulares, luego de un período de dos años de servicio, a personas que

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