El sistema de función pública en Puerto Rico: origen, esplendor, crisis y visión del futuro
96 pontificia universidad católica de puerto rico costo de dichas sentencias. Durante ese período, el Gobierno de Puerto Rico tuvo que desembolsar $43,930,825 a los demandantes. Esto, según la autora, representa un gasto anual de $6,275,832. (Cordero Nieves, Caballero Fuentes, Vázquez Irizarry y Segarra Alméstica, 2016, p. 243). Asimismo, se advierte en dicho escrito que al examinar las cantidades pagadas por concepto de sentencias por discrimen político no se incluyen, en muchas ocasiones, los costos de litigación o las cantidades no pagadas (porque se hubiera pagado solo una porción). De hecho, la autora presenta otra tabla que se basa en las sentencias contra los diversos estamentos del Estado y no solo las cantidades pagadas, pues se tiende a subestimar dicho fenómeno. Al examinar estas cifras, se destaca que entre los años 2003 al 2009 los tribunales de Puerto Rico concedieron a los demandantes, exempleados o exfuncionarios públicos en casos de discrimen político, sentencias ascendentes a $92,016,353. La cifra promedio anual de tales sentencias contra el Gobierno de Puerto Rico asciende a $13,145,193 anuales (Segarra Alméstica en Cordero Nieves, Caballero Fuentes, Vázquez Irizarry y Segarra Alméstica (2016: 248). De hecho, al evaluar la situación de estos despidos y las demandas que generaron, (Colón v. CRUV 115 DPR 503) el más alto tribunal del País señala que: Es indispensable que los tribunales rompan la tendencia y círculo vicioso establecido en el país, después de cada elección general, de sustituir personal gubernamental por motivos ajenos a una buena administración pública: patronazgo, despojo y desquite político partidista. El drama se repite cada vez que ocurre un cambio de gobierno representativo de otra afiliación política. Las consecuencias detrimentales son funestas y resultan alarmantes. Constituye un desvío de fondos públicos en menoscabo de los servicios esenciales a la ciudadanía, independiente de su afiliación política. (Colón v. CRUV, 115 DPR 503, 509). Una visión divergente de la presentada por el Tribunal Supremo en esta cita es la sostenida por la Lcda. Alba Caballero
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