la democracia puertorriqueña y su sistema electoral 41 partidos de minoría que reclamaban el colegio abierto y otra composición del tribunal electoral. En esa Ley se estableció la inscripción casa por casa, la Carta de Derechos del elector y la prohibición de contribuciones bancarias. Aunque las actuaciones del Tribunal Electoral de 1974 a 1976 fueron intachables, este se convirtió en una controversia política en las elecciones de 1976 y dio paso a las leyes electorales de 1977 y de 1980 que produjeron unas cuestionadas elecciones en 1980 y un serio peligro de una confrontación civil en la sociedad puertorriqueña. Las elecciones de 1980 fueron sumamente controversiales, pues se enmendó la ley electoral a 57 días de las elecciones, debido a que el sistema de colegio abierto no estaba listo, pues una parte significativa del electorado no había obtenido la tarjeta electoral que era la garantía más importante contra el fraude de dicho sistema de votación. El gobierno propuso un sistema alterno de votación para los que no tuvieran la tarjeta electoral. Este sistema, conocido como el colegio entreabierto, fue calificado como uno vulnerable al fraude por todos los exjueces del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Aún así la legislatura y el gobernador de entonces lo aprobaron. El Tribunal Supremo se negó a invalidar el sistema de votación interino que se legisló por encontrar la controversia de inmanejable solución judicial, por la fecha en que les llegó la misma. Luego, el propio Tribunal expresó sus reservas sobre su decisión, atendiendo el hecho de que las elecciones se decidieron por solo 3,037 votos.35 Los poderes legislativos resultaron divididos en esa elección lo que hizo posible la creación de una Comisión de los partidos que produjo una ley por consenso tripartita. Esa fue la tradición de Puerto Rico de los años cuarenta a los setenta cuando se abandonó la misma. La Ley Electoral de 1983 fue el producto de ese consenso.36 La Comisión se creó en cumplimiento de la Resolución Conjunta Núm. 21 de 2 de julio de 1981. El decano de la Escuela de Derecho de la Universidad Católica 35 Partido Popular Democrático v. Administrador General de Elecciones, 111 D.P.R. 199 (1981). Ver resultados de 1980 en www.cee.gov, consultada el 5 de enero de 2011 y Héctor Luis Acevedo, Las Elecciones de 1980 en Puerto Rico 43 Rev. Col. Abog. PR 471 (1981). 36 Ver Acevedo, Cuprill, Krysanowsky y Noriega, Informe de La Comisión para la Revisión del Proceso Electoral de Puerto Rico, San Juan, (1982).
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