la democracia puertorriqueña y su sistema electoral 45 la Comisión y los subdirectores no pueden pertenecer al mismo partido político. Existen ciento diez (110) precintos electorales en Puerto Rico los cuales tienen asignados una Junta de Inscripción Permanente (JIPS). Esos precintos los dirige una Junta Local de Elecciones presidida por un juez designado por el Tribunal Supremo de Puerto Rico y compuesta por representantes de los partidos. La Constitución le da la facultad de asignar a los jueces al juez presidente, sin embargo la nueva Ley le atribuyó esa facultad al pleno del Tribunal Supremo. Esas juntas aprueban las transferencias de electores, así como las recusaciones de electores por no residir en el precinto. En adición, administran la votación el día de las elecciones a nivel local. Sus decisiones pueden ser apeladas a la Comisión Estatal de Elecciones, las cuales pueden ser revisadas por los tribunales hasta llegar al Tribunal Supremo de Puerto Rico. El Código Electoral de 2011 según enmendado, rige el proceso de inscripción, votación y escrutinio. Existen Juntas de Inscripción Permanente en los diferentes municipios abiertas durante todo el año. En el año electoral abren los sábados para facilitar su acceso. Esas Juntas visitan las escuelas superiores e inscriben y preparan las tarjetas electorales a los estudiantes que van a cumplir edad para las próximas elecciones. Su registro electoral se activa con su cumpleaños dieciocho. El 22 de diciembre de 2014, la legislatura volvió a enmendar la Ley Electoral restaurando la mayoría de los conceptos originales de la Reforma de 1983.39 A partir de 1984 usamos un sistema de tarjeta electoral con retrato y usamos una tinta invisible para identificar a los que votaron. Al entrar al colegio de votación se coteja, con una lámpara especial, que no tenga en sus manos tinta invisible al ojo humano para evitar que pudiese votar en más de una ocasión. Si un elector tiene reservas de salud o morales al uso de la tinta, puede solicitar una semana antes que se le excluya del proceso y entonces votaría a la última hora del proceso. Desde 1984 nadie ha solicitado ser excluido. 39 Ver Ley 239 de 22 de diciembre de 2014.
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