la democracia puertorriqueña y su sistema electoral 49 la intención del elector, los pavazos y pivazos Una de las normas claves del proceso democrático es que se respete la voluntad de los electores. A esos fines, el Tribunal Supremo de Puerto Rico ha sostenido que la intención del elector es la norma fundamental de adjudicación y que los tecnicismos de los escrutinios tienen que ceder ante este principio. Durante todo el tiempo en que ha estado vigente nuestra Constitución, el Tribunal Supremo consistentemente ha ido ampliando los derechos de los electores y el valor de la franquicia electoral. Solo hay una excepción, y es la más reciente, donde una nueva mayoría en dicho cuerpo anuló el concepto de votar por ninguna de las anteriores.43 Esa doctrina la había creado el Tribunal Supremo de Puerto Rico para permitir la expresión de personas que no se entendían representados por las alternativas ofrecidas en la papeleta y se creó así una nueva columna. En el Plebiscito de 1998 más del 50% del electorado usó esa alternativa. El anularle el voto bajo esa columna, derecho usado por la mayoría del electorado, lacera toda la tradición de expandir los derechos electorales, no solo de minorías, sino en este caso de la mayoría del pueblo. En el año 1980 se encontró un número de papeletas que tenía su marca encima de las insignias de los partidos fuera del marco destinado para la misma. El Tribunal Supremo aplicó el principio de la intención del elector y validó esos votos.44 Se le conoce como los “pavazos”, pues la mayoría de los casos eran votos sobre la insignia del Partido Popular Democrático. En otro caso en 1981 adjudicó los votos de nominación directa para un candidato aunque estuvieran mal escritos, incompletos o fuera del cuadrante.45 En las elecciones del 2004 se produjo un resultado muy cerrado para la candidatura de gobernador, y se trabó una controversia conocida como el caso de los “pivazos”. Luego de anunciados los resultados preliminares de las elecciones de 2004, y días después de comenzado el escrutinio general donde se confirmaban al detalle los márgenes de ventaja, el candidato que llegó en segundo lugar solicitó que se invalidaran miles de votos que favorecían al que llegó primero para así ganar la elección. Los tribunales 43 Ver el caso de Suárez Cáceres v. CEE, 2009 TSPR 97 (2009). 44 P.S.P. v. Comisión Estatal de Elecciones 110 D.P.R. 400 (1980). 45 Santos v. Comisión Estatal de Elecciones, 111 D.P.R. 351 (1981).
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