52 cuarenta años, la católica cumpliendo su deber democrático con p.r. Recomiendo legislación para financiar los gastos legítimos de los partidos políticos, en forma igual para todos y prohibiendo aportaciones altas a ninguno. Esto es necesario para que todos los partidos políticos por igual estén libres de indebidas influencias económicas.50 El Partido Estadista Republicano votó a favor de dicha legislación y el Partido Independentista Puertorriqueño le votó en contra.51 Luego, al enmendar la ley en 1964 dijo: No debe caber sospecha de que por aportaciones cuantiosas de individuos o entidades a los partidos políticos pueda en forma alguna desviarse la libertad de estos para proceder de acuerdo con sus programas y con su sentido del interés público. Debe asegurarse que no se pueda ni violar impunemente los límites legales de la aportación, por un lado, ni verse los partidos, o alguno de ellos, por otro lado, desvalidos ante el poder económico. Tal desvalimiento equivaldría al desvalimiento de la democracia misma.52 Estos principios están igualmente presentes hoy que ayer. Los seres no deben valer por su dinero, sino por sus votos y sus aportaciones a la humanidad.53 A través del tiempo se ha ido perfilando un sistema de financiamiento electoral con fondos públicos básicos y pareo de aportaciones recaudadas por los partidos y candidatos inscritos. En 1999 el Senado de Puerto Rico creó una comisión de ciudadanos para estudiar el financiamiento de los procesos políticos. En 2003 la gobernadora Sila Calderón creó una Comisión compuesta por personas de diferentes partidos, con experiencia en los procesos electorales, presidida por el Lcdo. Héctor Luis Acevedo y compuesta por los licenciados Reynaldo Paniagua Diez, Miguel Hernández Agosto, Manuel Fernós, Damaris Mangual y Charles Cuprill Oppenheimer. 51 Ver Diario de Sesiones del 25 de mayo de 1957 a las páginas 1928-1929. 52 Comunicado disponible en la Fundación Muñoz Marín. 53 Ver Ponencia del autor de 1 de junio de 1999. Ver en adición, Voto Concurrente Informe de la Comisión para la Revisión del Proceso Electoral de 1982 a las páginas 81 a 82.
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