Cuarenta años, La Católica cumpliendo su deber democrático con Puerto Rico

lcdhoé. ctolruasicevedosmi poseoil: gadodleoabrdaeugeniomarídaheostoscentrohostosai nodealteneopuertor qi ueñd4o|eci ei mbrde2019publci adoenlraevsi tdae rechopuertor qi ueñov5l(29. 020) 7 9 En 1993, el Tribunal Supremo había determinado que se debía ofrecer una alternativa para los electores que en un plebiscito no estuvieran de acuerdo con las fórmulas propuestas. Eso provocó que en el plebiscito de 1998 se incluyera una quinta columna conocida como ninguna de las anteriores. Y ganó la consulta con el 50.3% de los votos. Esa alternativa sería intervenida más adelante por el Tribunal Supremo en el caso de Suárez Cáceres. Luego de celebrado el plebiscito, la Secretaría de Estado publicó los resultados sin incluir la votación mayoritaria de “ninguna de las anteriores” lo cual provocó un mandamus del Tribunal Supremo de Puerto Rico obligándola a publicar los resultados según certificados por el organismo electoral.26 El Senado de Puerto Rico le informó al gobernador Aníbal Acevedo Vilá en 2005 que no consideraría nombramientos al Tribunal Supremo para cubrir las vacantes de dicho cuerpo a menos que fueran personas de su filiación ideológica. Esta situación provocó un asalto del poder constitucional de nombramiento del gobernador, el cual no logró nominar a ningún candidato para las vacantes en dicho foro. A esa actuación, contraria a la Constitución, se le bautizó por uno de sus autores como el banquete total. En 1994 se intentó ampliar el número de jueces del Tribunal Supremo de siete a nueve mediante una enmienda constitucional. El gobernador Pedro Rosselló, luego de desarrollar una campaña contra la judicatura con fuertes ataques a su independencia, fue derrotado de manera contundente en su intento conocido en inglés como packing the Court. El Senado de Puerto Rico bajo la presidencia del Hon. Tomás Rivera Schatz, inició una investigación contra el juez presidente del Tribunal Supremo para forzar su renuncia. Aunque las alegaciones eran claramente viciosas e increíbles se intentó coaccionar al juez presidente quien, con singular valentía, resistió dichos ataques y se tuvieron que archivar las mismas ante el desprestigio y falta de evidencia. Aun el Departamento de Justicia del mismo gobierno tuvo que desmentir esa frívola estrategia de controlar la presidencia del Tribunal Supremo. 26 Báez Galib v. Rosselló González, 147 DPR 469 (1999). hostos, la función electoral y puerto rico

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