Cuarenta años, La Católica cumpliendo su deber democrático con Puerto Rico

82 cuarenta años, la católica cumpliendo su deber democrático con p.r. Esa situación continúa sin descanso ante nuestros días incluyendo adoptar reglamentación por la mayoría, anulando el poder de asignación de jueces del Tribunal de Apelaciones, de la Comisión de Evaluación de Jueces donde el pleno del tribunal se aboga poderes de nombramiento, ya sea por reglamento o por nombramientos, en pleno del cuerpo. La Constitución le da el poder de asignar jueces al juez presidente del cuerpo.30 En el 2012 se produce una inscripción fraudulenta de personas fallecidas como encamados y se falsifican solicitudes para este tipo de voto adelantado. El periódico El Nuevo Día documentó la inscripción de una persona en Guaynabo luego de que se enterara de la misma y editorializó sobre el peligro de fraude en este voto.31 Desde 1932, o sea 80 años antes, no sucedía algo así. La Comisión Estatal de Elecciones tuvo que adicionar garantías a ese voto que habían sido eliminadas por ley unas semanas antes. Al día de hoy, nadie ha sido acusado por esos delitos. Esa impunidad es un testimonio viviente de la naturaleza eminentemente preventiva del proceso electoral. Se aprueba unilateralmente la ley para celebrar un plebiscito en Puerto Rico sobre el estatus definiendo las opciones a conveniencia del partido en el poder, eliminando la opción que había prevalecido en los plebiscitos donde había figurado. Se sometió la misma a la aprobación del Departamento de Justicia de los Estados Unidos y este le negó su aprobación por hacer afirmaciones erróneas sobre la ciudadanía de los Estados Unidos y por haber excluido entre sus opciones a la fórmula política vigente en el país. Es la única ocasión en nuestra historia constitucional que el gobierno de Estados Unidos invalida por antidemocrática una consulta electoral en Puerto Rico.32 30 Const. PR art. V, § 7; 4 Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, 2608, 2613 (1961). Véase In re: Aprobación de enmiendas al Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 2018 TSPR 33; In re Aprobación de Reglamento para la Evaluación de Jueces y Juezas del Tribunal de Primera Instancia, 2018 TSPR 34. 31 Héctor Luis Acevedo, Escudo antifraude para los encamados, El Nuevo Día (10 de octubre de 2012), https:// www.pressreader.com/puerto-rico/el-nuevo-dia/20121009/282024734490292; Héctor Luis Acevedo, Los encamados, El Nuevo Día (12 de octubre de 2012), https://www.pressreader.com/puerto-rico/el-nuevo-d% C3%ADa/20121012/282071979133489. 32 Véase Comunicación del 13 de abril de 2013 del secretario auxiliar de Justicia Interno Dana Boente al gobernador Ricardo Rosselló; véase también Carta del Office of the Acting Deputy Attorney General, Hon. Dana Boente, al gobernador Ricardo Rosselló del 13 de abril de 2017, en la pág. 2.

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