Cuarenta años, La Católica cumpliendo su deber democrático con Puerto Rico

RHC: un legado inolvidable Columna del Lcdo. Héctor Luis Acevedo Periódico El Nuevo Día | 21 de octubre de 2019 En la política he conocido lo mejor y lo peor de nuestra gente. He visto el asalto de las pequeñeces del poder y su intento de perpetuarse en él por encima de cualquier cosa, y he visto el crecerse sobre las tentaciones y tallar para la historia. He visto gente íntegra enfrentarse al poder del poder y prevalecer por su fuerza de voluntad y de principios. He visto a otros sucumbir ante la presión y someterse, pasando a ser una nota al margen, de lectura rápida y de ejemplos de tragedia por su debilidad. Durante el año 1972, el gobierno emprendió una campaña de anuncios con el fin de mejorar su imagen cerca del evento electoral. El líder de la oposición de entonces, Rafael Hernández Colón, presentó un proyecto de ley para limitar los anuncios del gobierno durante los últimos meses de campaña requiriendo la aprobación previa del organismo electoral. La aprobación previa era un elemento crucial, pues otros procesos carecen de las dos cualidades críticas del derecho electoral: prevención y rapidez. Prevención, porque se evitan daños irreparables en un proceso electoral, y rapidez, para evitar que se decidan unas elecciones que se celebran en fecha definida. La disposición constitucional de limitar el uso de fondos públicos para fines públicos podría tornarse en letra muerta si no se actuaba preventivamente, pues las elecciones pasan y sus efectos se olvidan y caen en la impunidad por olvido o conveniencia.

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