Ni cómplices ni víctimas de la reforma electoral Columna del Lcdo. Héctor Luis Acevedo Periódico El Nuevo Día | 15 de junio de 2020 Las leyes electorales son diferentes a otras medidas legislativas pues son la fuente de poder para elegir a los funcionarios que hacen las leyes. Por eso se ha dicho que preservan todos los demás derechos. Y por eso hay que tener especial cuidado, pues “no se puede dejar que los de adentro decidan quiénes se quedan fuera”. Veamos un ejemplo de nuestra historia. En los comicios de 1932 se quitaron las garantías contra el fraude electoral. Cuando llegaron los resultados del Censo de 1930, posterior a dicha elección, el gobernador comparó los resultados con el registro electoral y se dio cuenta de que había 15 pueblos con más electores que habitantes. Veamos algunos datos: Coamo tenía 9,454 habitantes hábiles, pero tenía 14,144 electores, Toa Alta, 5,571 habitantes, pero 7,214 inscritos, Ponce 54,691 habitantes, pero 65,374 electores, Río Piedras 23,227 habitantes, 25,423 inscritos. El secretario del Trabajo preparó una legislación para impedir el fraude, pero la legislatura, fruto de este, no la consideraba. El gobernador se dirigió al Congreso y el Senado de Estados Unidos aprobó por unanimidad el colegio cerrado como enmienda a la Ley Jones. Entonces fue que la legislatura nuestra aprobó dicha medida. Esta semana, la gobernadora Wanda Vázquez tiene que vetar o aprobar una reforma electoral que elimina o debilita todas las garantías contra el fraude. Tiene el rechazo directo de todos los partidos de oposición.
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