Guía de la PUCPR para inventariar y catalogar bienes culturales eclesiásticos en Puerto Rico

122 Guía de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico para inventariar y catalogar bienes culturales eclesiásticos en Puerto Rico Toda edificación que se encuentre en los predios de un monasterio o convento quedar á ya registrada como una parte o dependencia de dicha casa, no hay que hacer otra ficha aparte, pero debe quedar descrita en la ficha del inmueble como un anexo de dicha casa. En caso de que una orden religiosa tuviera ramas masculina y femenina y usaran las mismas siglas, por ejemplo, la Orden de Predicadores (OP), se distinguirá la rama masculina de la femenina con dos letras asociadas al nombre de la orden femenina entre paréntesis después de las siglas de la orden. Por ejemplo, el convento de las hermanas Dominicas del Rosario de Fátima, si se registrase en 2022, tendría el siguiente número: OP(FA)-1.2022.000. Si hubiese además un convento de la Congregación de Santo Domingo de Amityville, de registrarse en 2022, tendría el siguiente número: OP(AM)-1.2022.000. Para registrar inmuebles de una prelatura personal, por ejemplo, del Opus Dei, se colocarán entre paréntesis algunas siglas asociadas a dicha prelatura, un guion, el número de orden fundacional, luego un punto, el número del año en que se hace el registro, un punto y el número 000. Por ejemplo, la primera casa del Opus Dei en Ponce, si se registrase en 2022, se escribiría así: (OPUS)- 1.2022.000. En caso de registrar una casa de retiro perteneciente a la diócesis, se deberá escribir la letra R entre paréntesis, luego un guion, seguido del número de orden fundacional, un punto, el año de registro y el número 000. Por ejemplo, la primera casa de retiros fundada en la Diócesis de Ponce, si se registrase en 2022, se escribiría así: (R)-1.2022.000. La segunda casa de retiro fundada en Ponce, si se registrase ese mismo año, se escribiría así: (R)-2.2022.000. En caso de registrar una ermita, se deberán colocar en el número de lugar la letra E entre paréntesis, seguida de un guion y un número, sea 1, 2 o 3… correspondiente al orden fundacional de la ermita respecto de otras ermitas. Aunque solo existiera una ermita registrable, se deberá colocar el número 1 para distinguirla de otra ermita que se decidiese fundar en el futuro. Luego se colocará un punto, el año de registro, seguido de un punto y el número 000. Por ejemplo, la primera ermita en la Diócesis de Ponce, si se registrase en 2022, debería tener el siguiente número: (E)-1.2022.000. La residencia obispal (incluyendo su capilla privada) deberá tener como cifra de lugar la letra O mayúscula entre paréntesis, seguido de un punto, luego el número del año de registro seguido de un punto y el número 000. Por ejemplo, si se registrase el obispado de Ponce en 2022, el mismo debería tener el siguiente número: (O).2022.000.

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