El impacto de la migración en Puerto Rico
98 pontificia universidad católica de puerto rico Constitución la que sienta las bases para la pastoral de los emigrantes. Este documento delegó en los obispos de cada diócesis la pastoral de los emigrantes. De manera similar, en 1965, se aprobó el Concilio Ecuménico Vaticano II. Es en este documento donde se invita a todos los cristianos a conocer el fenómeno migratorio. A su vez, se elaboraron las directrices sobre la pastoral de las migraciones. Este documento apunta, con singular insistencia, a que se establezca el derecho a la emigración y que se reglamente el flujo migratorio. Así, el Concilio Vaticano II les pide a las Conferencias Episcopales Nacionales que se ocupen directamente de los problemas de los migrantes. En este sentido la Santa Sede les dice: “Con instituciones y medios adecuados han de cuidar y favorecer su asistencia religiosa, en unidad de objetivos y de esfuerzos”. Por lo tanto, se les pide a las parroquias que sean “misterio de comunión” con los emigrantes. Así, la Iglesia debe estar “marcada por una vocación al exilio, a la diáspora, a la dispersión entre las culturas y las etnias, sin identificarse nunca completamente con ninguna de ellas” (Pontificio Consejo para la Pastoral de los Emigrantes e Itinerantes, 2004). Luego, en 1969, el papa Pablo VI promulgó la Instrucción Pastoralis migratorumcura. LaComisiónPontificiapara laPastoral de lasMigraciones y del Turismo en 1978 publicó la Carta Iglesia y movilidad humana para la debida aplicación a la pastoral. Esta carta establece “la necesidad de una colaboración intraeclesial para una pastoral sin fronteras”, de forma tal, que los laicos y religiosos tengan un papel protagónico con los emigrantes (Pontificio Consejo para la Pastoral de los Emigrantes e Itinerantes, 2004). Por otro lado, en 1983, se aprobó el Código de Derecho Canónico para la Iglesia Latina. Es este documento el que les recomienda a los párrocos la atención del emigrante con una atención pastoral específica. Este Código establece la figura del vicario episcopal y del capellán de los emigrantes. Los documentos antes mencionados insisten en el compromiso de la Iglesia Católica en favor de los emigrantes. “La atención pastoral a los emigrantes, en efecto, conlleva la acogida, el respeto, la tutela, la promoción y el amor auténtico a cada persona en sus expresiones religiosas y culturales” (Pontificio Consejo para la Pastoral de los Emigrantes e Itinerantes, 2004).
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