Koinonía 2006-2007
Familia, matrimonio y filiación en el nuevo Código Civil: un análisis crítico 81 Lcdo. Ángel González Román. En ese mismo título (artículo 299) hay algo que quiero señalar, porque puede ocasionar unos problemas sociales o de otra índole muy graves: “El historial medico y social del donante será revelado a los receptores del material donado. No obstante se protegerá la identidad del donante del material genético”. Vivimos en un país tan pequeño: ¿ustedes no piensan que pueda ocurrir que un hijo que sale de este matrimonio se pueda unir con una hija de otro donativo del mismo donante, es decir, que en un futuro un hijo se pueda casar con su hermana o tengan algún tipo de relación con ella? Parece que esto no se ha estudiado; lo incluyeron probablemente en vista de la defensa del derecho a la intimidad o privacidad del donante, pero los problemas sociales que esto puede generar hay que considerarlos. Hay un artículo aquí, el 300, que tiene que ver con un evento con el cual muchos podrán estar de acuerdo, pero yo lo refiero nuevamente al padre para que lo comente: “Acuerdo de maternidad subrogada”: “Cuando una mujer no puede cargar a término un embarazo por razones medicas, se permite el acuerdo de maternidad subrogada, mediante el cual se conviene la gestación de un hijo a petición de otra persona”. En Estados Unidos esto es ya bastante común: se alquila el útero de una mujer para que tenga el hijo de una pareja y después se lo entregue. P. José Luis Alonso. Primero, habría que ver si la madre biológica, cuando vea al hijo tan hermoso, no lo quiera para ella, porque es su madre. Segundo: los padres no son sus padres y antes o después tendrán que decírselo. Aquí tenemos una crisis profunda de dignidad humana. El hecho de que ese proceso termine felizmente y el hijo acepte que no es hijo de sus padres sino de una señora que ni siquiera conoce, llevará posiblemente el hijo a querer conocerla y ahí se creará una relación tirante, por fuerza, entre el padre y la madre biológica y los padres adoptivos. Estas dificultades psicológicas señalan una problemática de tipo moral: “tú no tenías derecho a hacer eso” - el hijo se lo puede decir - “si tu no tenías derecho a hacer eso, has fallado miserablemente; yo te exijo tu responsabilidad”.
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