Koinonía 2010-2011

comunidad filosófico-científica de la época. Este es el motivo por el cual la teología bíblica en aquellos años funda su exégesis a partir de un sistema de referencia cosmológico claro y preciso: el sistema aristotélico- ptolemaico, y no aparece fastidiada por aquellos “ajustes de cálculo” realizados por Copérnico en su De Revolutionibus . En efecto, si dirigimos brevemente la mirada a los comentario de las Sagradas Escrituras publicados en los primeros decenios del siglo XVII, nos damos cuenta de cuáles han sido los límites concretos de los exégetas de ese tiempo, propensos a aceptar más las disposiciones de la mentalidad filosófica corriente que a preguntarse si no resultase mejor intentar una interpretación diferente, que tuviera en cuenta las dificultades de interpretación contenidas en algunos pasajes bíblicos y en el uso del lenguaje ordinario. De todos modos, prescindiendo de algunas excelentes excepciones, (primera entre todas el comentario al Libro de Job del español Diego Zúñiga, de 1584) la mayoría de los exégetas de este período se muestran favorables a una interpretación que tiende a confirmar una determinada visión de la realidad natural. Pensamos, por ejemplo, en el Comentario en dos tomos del Libro de Job , publicado en 1612 por el jesuita Cosme Magaliano, o a las Adnotaciones in precipua ad difficiliora Sacrae Scripturae loca del teólogo belga Willem Hessels van Est, o aún a los Scolia in Vetus et Novum testamentum del jesuita español Juan de Mariana del 1619…, pero el listado podría ampliarse fácilmente. En todas estas obras no se presta la mínima atención a las cuestiones levantadas por las nuevas teorías galileanas y a la posibilidad de una explicación diferente; de hecho, ellos se repliegan a las posturas tradicionales. En segundo lugar, es necesario recordar, en el análisis de las teologías contemporáneas a Galileo, que se trata de teologías post-reformistas, es decir, teologías fuertemente influenciadas por las decisiones asumidas durante el Concilio de Trento y, de modo particular, por los dos decretos de la IV Sección que constituyen un punto de “no retorno” en el camino de reforma de la Iglesia Católica por el hecho de que van a establecer, ya sea por el canon auténtico de los Libros Sagrados, o por los criterios exegéticos ortodoxos, la determinación de consecuencias no secundarias en el método y en la praxis teológica. La tendencia producida por tales decretos ha sido, en efecto, aquella asumida por gran parte de los teólogos: alinearse a las disposiciones conciliares, produciendo inmediatamente que se redimensionase el número de comentarios bíblicos que se publicarían. 14 14 Cfr. J. D. Mansi, Sacrorum conciliorum nova et amplissima collectio , rist. an., Graz, Akademische Druck - U. Verlagsanstalt, 1961, vol. 33.

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