Koinonía 2010-2011
spiritualis sensus in omni sententiae Scripturae». Cada texto de las Escrituras es, entonces, siempre interpretable a la luz del significado literal, mientras que no parece existir la misma generalidad por lo que se refiere al sensus spiritualis . Se actuaría, por lo tanto, una diferencia de grado no indiferente entre las dos modalidades exegéticas: cada paso de la Biblia podrá ser siempre interpretado a la luz del significado literal, mientras que no siempre será posible admitir un correspondiente significado espiritual. Por lo tanto, concluye Belarmino, «ex solo literali sensu peti debere argumenta efficacia», y esto porque «eum sensum, qui ex verbis immediate colligitur, certum est sensum esse Spiritus sancti». Es cierto, por lo tanto, que el sentido literal es dependiente estrictamente de la revelación del Espíritu Santo y viceversa: la exégesis espiritual no siempre corresponde a la intención y la voluntad reveladora del Espíritu Santo. Sin embargo, la exégesis literal de los textos bíblicos no está exenta de riesgos, equivocaciones e imprecisiones, inclusive graves. Por ejemplo, un error hermenéutico fundamental puede darse, según Belarmino, cuando se quiere interpretar de modo figurado algo que, de lo contrario, debe entenderse de modo simple, como en el caso de la frase pronunciada por Jesús: ‘este es el cuerpo’, que ha sido entendida por los reformados, y en particular por Zwinglio, en sentido figurado. En todo caso, todos convergen – católicos y reformados – en la idea de que las Escrituras deben ser comprendidas en el espíritu en el cual han sido escritas, es decir, en cuanto revelaciones auténticas del Espíritu Santo, por lo tanto no deben interpretarse según las propias capacidades intelectivas, sino más bien según la inspiración del Espíritu Santo. ¿Y quién puede discernir el querer del Espíritu? La cuestión es resuelta por el jesuita en perfecta coherencia con los decretos del tridentino, atribuyendo a la Iglesia el rol de juez último en la interpretación bíblica, una Iglesia institucional constituida por el “Pontífice unido con el Concilio de los obispos”. Esta determinación de las Escrituras, en cuanto revelación del Espíritu, implica tanto la palabra divina inscrita en la Biblia, como aquella no escrita, es decir, la tradición de la Iglesia. No parece ser suficiente una Escritura sin una tradición que la encarne constantemente. La misma Iglesia Romana, en cuanto autoridad última para otorgar veracidad a la revelación divina, no ofrece una auténtica interpretación bíblica sin la garantía de la tradición. Garantía y no auxilio, porque la Iglesia es representante de la misma tradición cristiana. Esto es para Belarmino el motivo principal por el cual la Iglesia no incurre en error, ni siquiera en las materias que no se refieren estrictamente a la fe, representando, de hecho, no una institución fundada por hombres sino por Dios, una institución querida por Dios.
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