La convocatoria de una semilla: Fundamentos y dinámicas del desarrollo constitucional de Puerto Rico | Cuarta Edición

134 pontificia universidad católica de puerto rico rama legislativa. 225 El auditor, en tiempos del gobernador Tugwell, había sido un gran obstáculo en el Gobierno, ya que detenía pagos en lo que determinaba su conveniencia y sabiduría. La función de preauditoría quedaría entonces en el Departamento de Hacienda. la legislatura bicameral La Comisión de la Rama Legislativa discutió las ventajas y desventajas de los sistemas bicameral y unicameral de manera muy precisa, favoreciendo el sistema de dos cámaras. Luego de describir las virtudes y los defectos de ambos sistemas, el Informe concluyó expresando: Luego de pesar detenidamente estos argumentos, vuestra comisión considera que debe mantenerse en nuestro país el sistema de dos cámaras. Durante los últimos cincuenta años ésta ha sido la forma de organización legislativa utilizada en Puerto Rico. Bajo este régimen se han creado valiosas tradiciones y prácticas que no deben destruirse. El trámite indispensable de las medidas legislativas de una a otra cámara y el doble examen de dichas medidas que el sistema bicameral supone, exigen un estudio más detenido de ellas y evitan actuaciones hijas de la irreflexión. 226 Esta disposición constitucional fue objeto de una controversia pública en la que, al no tener los votos para enmendar la Constitución, la Legislatura impulsó un referéndum para obligar a un proceso de enmienda paralelo. El referéndumprodujo un resultado en favor de la Legislatura unicameral, con la participación electoral más baja en nuestra historia. 227 El Tribunal Supremo de Puerto Rico no dio validez a dicho proceso. 228 La ciudadanía quedó en un alto grado de confusión, pues se inició un proceso de consulta frustrado por diseño de sus promotores, algo que se había advertido, pero no escuchado. 229 225 Ibíd. , pp. 2587-2588. 226 Ibíd. , p. 2589. Véase también: Escuela de Administración Pública, La nueva Constitución de Puerto Rico , Editorial de la Universidad de Puerto Rico, Río Piedras (1954), pp. 287-299. 227 José Julián Álvarez, Derecho Constitucional de Puerto Rico, supra , p. 242. 228 Córdova v. Cámara de Representantes, 171 D.P.R. 789 (2007). 229 Véase: «Referéndum Cámara Única: lo peor de dos mundos», Declaraciones de Rafael Hernández Colón, Victoria Muñoz Mendoza y Héctor Luis Acevedo de 7 de junio de 2005.

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