La convocatoria de una semilla: Fundamentos y dinámicas del desarrollo constitucional de Puerto Rico | Cuarta Edición

138 pontificia universidad católica de puerto rico a un ejecutivo de corte presidencial, parecido al de Estados Unidos. 235 Se mantuvo la elección directa del gobernador por un término de cuatro años. Luego de amplias discusiones se mantuvo libre de limitaciones la reelección de este. El Informe explicó lo siguiente: La Comisión entiende que no debe haber limitación alguna en cuanto al número de términos por los cuales pueda ser electa una persona como Gobernador. Ha llegado a la conclusión de que toda restricción al efecto debe ser el resultado de la voluntad del pueblo libremente expresada y que no debe consignarse restricción de clase alguna en la Constitución porque ello sería limitar la libre acción de esa voluntad. Es a la voluntad del pueblo, mediante el ejercicio de su derecho a elegir por voto directo, a la que corresponde determinar si una persona debe seguir ocupando el cargo de Gobernador en virtud de elección para términos sucesivos. La democracia no es una mera función política. Es –más hondamente– una función de servicio público. 236 LaComisión recomendó la creacióny eleccióndel cargode vicegobernador, el cual presidiría el Senado, al igual que en Estados Unidos. 237 Esta disposición reflejaba una gran generosidad de espíritu de don Samuel Quiñones, pues el puesto que ocupaba se disminuiría, al menos simbólicamente, con el nuevo puesto. Trías Monge señaló que esta recomendación fue revocada luego por el caucus del Partido por reservas de Negrón López, Ramos Antonini y Gutiérrez Franqui. Informó Trías Monge que Muñoz cambió de posición en varias ocasiones. 238 La leyenda y la historia dicen que el respaldo de don Jaime Benítez a la creación de dicha posición fomentó las reservas de los que se percibían como posibles sucesores de Muñoz. 239 Lo cierto es que se eliminó el cargo 235 «Informe de la Comisión de la Rama Ejecutiva de 29 de noviembre de 1951», en Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, supra , pp. 2601-2605. 236 Íd., p. 2605. 237 Íd., p. 2607. 238 José Trías Monge, Historia constitucional de Puerto Rico, Tomo III, supra , pp. 129-133. 239 Véase el ensayo de Margarita Benítez «Entre décima y décima una constitución» en Héctor Luis Acevedo, editor, Don Jaime Benítez, entre la universidad y la política, supra , pp. 147, 150-152. Ante las luchas y los rumores, don Jaime sacó la siguiente décima: «En la feroz competencia Ni me mueve la ambición Por merecer el favor Yo me quedo con Platón De vicegobernador Con La Ilíada y La Odisea , No cualifica mi ciencia Y comoquiera que sea, Yo no tengo esa tendencia ¡Viva la Constitución!».

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