Iglesia, Estado y Sociedad Ruptura y Continuidad 1800-1868

121 la Cámara de Indias, como requisito para postular a los candidatos a los ascensos capitulares, son elementos importantes para esta investigación. En un grupo tan jerarquizado como la Iglesia, el ascenso era un aspecto esencial para su funcionamiento. Este ascenso había estado mediado, desde la baja Edad Media, por las relaciones clientelares y de padrinazgos. Aunque el origen del Estado moderno había ayudado a transformar esas relaciones, no logró hacerlas desaparecer. En el caso de las colonias hispanoamericanas, el Rey, amparado en el Real Patronato, se abrogó el derecho de nombrar personalmente a quienes iban a ocupar los altos cargos eclesiásticos; contando entre ellos a los miembros de los cabildos de las catedrales. El absolutismo quiso sustituir aquellas relaciones clientelares y proponer unos principios universales para seleccionar a los beneficiarios de los cargos eclesiásticos. La Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias , de 1680, estableció un perfil de los candidatos para dichos cargos: grado universitario, buena vida y costumbres, experiencia en la cura de almas y nativo de la región. 3 Rodolfo Aguirre Salvador sostiene que este perfil respondía al interés de la Corona en recompensar a los descendientes de los conquistadores que habían sido desplazados de las encomiendas. 4 A pesar de la persistencia de las relaciones clientelares y de padrinazgos, el mérito fue imponiéndose durante el siglo XVIII como la base para el ascenso eclesiástico; especialmente a partir de la reforma administrativa de 1776, en la cual se exigía que las solicitudes para los cargos fueran acompañadas de la relación de méritos y servicios del candidatos. 5 La carrera eclesiástica podía desarrollarse en las colonias hispanoamericanas a partir de la formación académica del clérigo o de su servicio pastoral. Esta última es importante para el caso de Puerto Rico, porque al carecer de universidades y haber pocos clérigos con grados universitarios, la carrera se hacía a partir del servicio en los curatos. 6 No obstante el perfil establecido, el mérito no era suficiente para obtener un cargo capitular porque había otros elementos que se tomaban en cuenta. El mismo procedimiento por el cual la Cámara de Indias recibía las recomendaciones de los obispos y las otras autoridades para llenar las vacantes de los cabildos, se convertía en un mecanismo de poder para destacar a en Red (PARES) y la del Archivo General de Indias (AGI) se encuentra microfilmada en el Centro de Investigaciones Históricas de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras (CIH-UPR). 3 Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias. Madrid: Ediciones Cultura Hispánica, 1973. Ley V, Título III, Libro V. 4 Rodolfo Aguirre Salvador, “Los límites de la carrera eclesiástica en el arzobispado de México (1730- 1747)”, en Rodolfo Aguirre Salvador (Coordinador), Carrera, linaje y patronazgo. Clérigos y juristas en Nueva España, Chile y Perú (siglos XVI-XVIII) . México: Universidad Nacional Autónoma de México, 2004, p. 77. 5 Lucrecia Enríquez, “Carrera eclesiástica, Real Patronato y redes de poder en las consultas de la Cámara de Indias del clero secular chileno en el siglo XVIII”, en Rodolfo Aguirre Salvador. op. cit . p. 125. 6 Las hojas de méritos y servicios del clero de la Isla solían centrarse en la historia del servicio parroquial. Comenzaban con el lugar de nacimiento, destacando la ascendencia del sujeto; se indicaba la fecha de ordenación, las parroquias que había ganado por concurso y las características y costumbres de su vida. En ocasiones, indicaban quién los había recomendado para las prebendas. El mérito no era suficiente: El cabildo eclesiástico...

RkJQdWJsaXNoZXIy NzUzNTA=