86 actas del x congreso católicos y vida pública Ese ser humano, en la ley canónica, es reconocido en su dignidad como poseedor de derechos y deberes. Por el bautismo, (afirma el canon), el hombre se incorpora a la Iglesia de Cristo y se constituye persona en ella, con los deberes y derechos que son propios de los cristianos, teniendo en cuenta la condición de cada uno, en cuanto estén en la comunión eclesiástica y no lo impida una sanción legítimamente impuesta.17 Estas ideas expuestas son, en palabras simples, la verdad sencilla del hombre, y, por lo tanto, base y fundamento del descubrimiento y reconocimiento de sus derechos y deberes. Esta es la antropología que nuestra Iglesia sostiene al amparo de la revelación divina. Esta es la antropología que debemos conocer para que, al analizar los derechos de hombres y pueblos, no nos movamos al error ni al engaño. El desconocimiento de esta verdad sobre el hombre, o la negación de ella aun cuando la conozcamos, genera la esclavitud que tantas veces se le vuelve a imponer al ser humano. posiciones antropológicas erradas: Hoy día cunden las posiciones antropológicas erradas, no sin graves consecuencias. En su alocución a la Rota Romana de 1987, san Juan Pablo II, nos advertía: [...]la visión antropológica, a partir de la cual se mueven muchas corrientes en el campo de la ciencia psicológica en el mundo moderno, es decididamente, en su conjunto, irreconciliable con los elementos esenciales de la antropología cristiana, porque se cierra a los valores y significados que trascienden al dato inmanente y que permiten al hombre orientarse hacia el amor de Dios y del prójimo como a su última vocación. Esta cerrazón es irreconciliable con la visión cristiana que considera al hombre un ser «creado a imagen de Dios, capaz de conocer y amar a su propio Creador» (GS, n. 12) y al mismo tiempo dividido en sí mismo (cfr. ibid., n. 10). En cambio, esas corrientes psicológicas parten de la idea pesimista según la cual el hombre no podría concebir otras aspiraciones que aquellas impuestas por sus impulsos, o por condicionamientos sociales; 17 C. 96
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