El sistema de función pública en Puerto Rico: origen, esplendor, crisis y visión del futuro

91 el sistema de función pública en puerto rico: origen, esplendor, crisis y visión de futuro política pública, las de asesoramiento directo al jefe de la agencia y los servicios profesionales al jefe de la agencia” (p.24). Al igual que los empleados en el servicio sin oposición en la Ley 345 de 1947, estos empleados no se integran al servicio público mediante competencia, sino por nombramiento directo de la autoridad nominadora, bien sea el gobernador, o los jefes de agencia. De hecho, el estatuto establece que estos serán “de libre selección y remoción”, es decir, que su permanencia en la agencia en la que sean nombrados dependerá exclusivamente de que conserven la confianza de la persona que los haya contratado. En la sección 5.11 de dicha Ley, se establece un proceso a través del cual, la Oficina de Personal del Gobierno de Puerto Rico aprueba el plan de empleados de confianza de cada agencia. En el mismo, se establece que se aprobará un máximo de veinticinco puestos de confianza por agencia. De otra parte, la Ley establece el servicio de carrera en el cual empleados públicos son seleccionados, ascendidos, retenidos y tratados en todo lo referente a su empleo, sobre la base de su capacidad. No acepta discrimen por razones de raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen o condición social, ni por ideas políticas o religiosas (Estado Libre Asociado de Puerto Rico, 1975, Sec.4.3). Para esto, se instituyen en el País sistemas científicos de clasificación de puestos, reclutamiento, selección, retribución, ascensos y otras fases de la administración de recursos humanos tendientes a incentivar el que las personas más aptas fueran reclutadas y retenidas en el servicio público. Como puede apreciarse, a pesar de haber mejorado muchos aspectos técnicos y administrativos de la administración de recursos humanos en el servicio público de Puerto Rico, la Ley 5 de 1975 mantuvo, e incluso proveyó, las bases para ampliar el nombramiento de empleados de confianza en Puerto Rico. Esto traería graves consecuencias, pues desde 1968 existe en Puerto Rico un sistema bipartidista en el cual se da, desde esa fecha, una alternancia en el poder político entre los dos partidos principales, como se explicara anteriormente. Esto, a su vez, ha traído como corolario el despido

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