Koinonía 2007-2008

Educación y objeción de conciencia: el caso español 98 educación conforme a sus convicciones (a. 2 Protocolo Adicional I CEDH). A esto precisamente se refieren los padres objetores cuando dicen que “llegarán hasta el final”. “Llegar hasta el final” quiere decir acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo en materia de educación es clara y ha sido muy recientemente –en junio y octubre de 2007- reiterada: uno de los límites a la intervención del Estado en materia educativa es la prohibición del adoctrinamiento, es decir, la transmisión obligatoria a través del sistema educativo de información, criterios, valores o principios que no sean neutrales, es decir que no sean objetivos y plurales. Si el Estado español fuera condenado por adoctrinar a los escolares a través de la asignatura EpC, la sentencia sería de obligado cumplimiento y – ¡no sé si esto introduce un factor de desconfianza!- sería el propio Estado español el encargado de ejecutarla. La situación a día de hoy ¿Cuál es la situación a día de hoy? Hago un breve resumen de acuerdo con los datos que el coordinador de la Asesoría Jurídica de “Profesionales por la Ética” aportaba en el encuentro de objetores del pasado 16 de febrero: • Asturias : 23 recursos contencioso-administrativos: 19 por el procedimiento especial de derechos fundamentales y 4 por el procedimiento ordinario. Dictadas 7 sentencias que, reconociendo el derecho a la objeción, entienden que no se puede considerar vulnerado hasta que se concrete en proyectos docentes y actividad del profesor. • Andalucía : Presentadas 12 demandas contra los decretos autonómicos de EpC y al menos otros 16 recursos (Huelva, Cádiz, Sevilla, Córdoba y Jaén) contra inadmisiones de la objeción. La Justicia ha permitido que los hijos de objetores no acudan a clase de Epc, como medida cautelar, hasta que no haya sentencia definitiva. • Aragón : Presentados al menos 5 recursos por parte de padres de Alcorisa (Teruel) y Zaragoza. • Cataluña : 1000 padres adheridos al recurso presentado por la Fundación Abat Oliba, e-cristians y Juristes Cristians de Catalunya contra los decretos catalanes de EpC. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no ha admitido este recurso (que incorpora el voto particular de un Magistrado favorable al reconocimiento de la objeción) y ya se han anunciado varios recursos ante el Tribunal Supremo.

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