Koinonía 2014-2015

44 koinonía | anuario 2014-2015 han aprobado legislativa o jurisprudencialmente el derecho de un paciente terminal a acabar con su vida, con o sin la asistencia de un facultativo médico. Este proyecto, presentado por el representante popular Ángel Matos García, pretende enmarcar la autorización que provee esta ley como corolario del derecho a la vida y como parte de esa autonomía personal a la cual le es vedado al Estado intervenir. Dice la exposición de motivos: “Para algunas personas, la muerte no es un derecho, sino una consecuencia natural de la vida. Sin embargo muchos de los países más desarrollados enmarcan la muerte dentro del derecho que tenemos los seres humanos de disponer de nuestro cuerpo sin la intervención del Estado. Muchos países incluyendo varios estados de los Estados Unidos de América han legislado para asegurarse que el enfermo terminal tenga derecho a una muerte digna pues entienden que las personas tienen derecho a decidir sobre su cuerpo decidiendo así cuándo autorizan a los médicos a prescindir de procedimientos o medicamentos cuyo propósito sea el de alargar su vida sin proveerle una verdadera calidad de vida.” Continúa más adelante la exposición de motivos explicando la antropología y cosmovisión detrás del estatuto: “A toda persona se le debe garantizar el derecho a una muerte digna de la misma manera que se le debe garantizar el derecho a una vida digna. El hecho de que una persona que padezca de una enfermedad terminal pueda voluntariamente decidir hasta cuando continuar prolongando su agonía no significa que esta persona atente contra su vida; significa que interesa limitar tanto su dolor y sufrimiento en sus últimos días de vida como los de su familia. El derecho a una muerte digna implica el tener un proceso de morir y muerte sin dolor, sin sufrimientos y de una manera pacífica. Lo contrario a

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