Actas XI Católicos y Vida Pública | La propuesta cristiana ante los desafíos de un mundo en cambio

69 la propuesta cristiana ante los desafíos de un mundo en cambio [...]al aislamiento de otros conceptos de los que es inseparable como la verdad, la justicia, el bien, o la responsabilidad y en segundo término porque se ha buscado una libertad reducida a la categoría de nuevo derecho individual, con el deseo de implantar un concepto radical de libertad que no dependiera de nada, ni de nadie28. Pero una libertad puramente individualista, que además le es impuesta al hombre desde fuera, acaba por convertirse en algo destructivo para el hombre. Pues bien, desgraciadamente en la actualidad, en una gran parte de nuestra sociedad y en la mentalidad de parte de nuestros políticos sigue existiendo una idea de libertad que la presenta como una liberación frente a las tradiciones morales o espirituales de manera que el hombre, para ser libre, ha de liberarse de toda atadura exterior y vincularlo exclusivamente a su razón. Se entiende que la libertad es un vínculo, pero solo respecto de la verdad que puede ser conocida a través de la razón. Frente a esta concepción determinista de la idea de libertad, que la reduce al ámbito exclusivo de lo material, Benedicto XVI defiende que el lugar idóneo de la libertad estará en la dimensión espiritual de la persona, de tal manera que no puede estar sometida a leyes rígidas29. Es verdad que, para que exista una auténtica libertad, la que sirve al bien y a la justicia, es necesario que exista un ordenamiento jurídico que haga efectiva dicha libertad y que garantice su protección y su promoción. Pero ese derecho ha de ser el que busque el bien de todos, el bien común. Por esa razón la auténtica libertad no va a consistir en poseer cada vez más derechos individuales, sino que su crecimiento estará asociado a la progresiva asunción de deberes y responsabilidades30. La primera de estas libertades, en palabras de Jemolo, es la libertad religiosa. Y el primer derecho, junto al derecho a la vida, es el derecho fundamental a la libertad religiosa31 pues, como señaló Benedicto XVI, 28 Salinas Mengual, J. (2020) “Derechos humanos y libertad religiosa en el pensamiento de Joseph RatzingerBenedicto XVI”. Anuario de Derecho Eclesiástico del Estado, XXXVI(2020), 200-201. 29 Ibíd., p. 203. 30 Ratzinger, J. (1999). Verdad y libertad. Humanitas, 34(1999), 21. 31 Se trata de un derecho que es “innato, inviolable, imprescriptible de toda persona humana... [y que] es derecho fundamental porque expresa una exigencia de justicia innata a la dignidad de la naturaleza de toda persona humana, y en esta medida contiene una idea o definición de persona”. Vid., Viladrich, P.J., “Ateísmo y libertad religiosa en la Constitución”, Ius Canonicum, XXII (1982), cit., pp. 32-33. el derecho y la tradición judeocristiana

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