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diálogo interdisciplinario aar ex parte: la adopción y la familia

pontificia universidad católica de puerto rico

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ninguna mujer podrá jamás llenar el lugar de un papá ausente, como

tampoco un hombre puede llenar el lugar de una madre ausente, por

excelente que sea cada uno en la aportación que le corresponde. Como

bien señaló el juez asociado Kolthoff, el sexo es

inmutable

, y así lo

enumeraron los padres de la Constitución, para prohibir el discrimen

basado en lo que es inmutable en todos: la raza, el color de piel y el

nacimiento

8

.

En esa línea, el juez asociado Rivera García cita a su homóloga del

Tribunal Constitucional italiano, la señora Marta Cartabia, quien

comenta en cuanto a que “parece que la cultura jurídica actual le fatiga

tener unamirada abierta sobre el ser humano en su integridad, en toda

la verdad de su espíritu y cuerpo. Así se quiere impulsar la idea de un

ser humano emancipado, no solo de las relaciones sociales, familiares

y relaciones en general, sino emancipado hasta de su propio cuerpo;

con un -yo- independiente que rechaza cada dependencia de hecho

y relacional que él mismo no haya decidido, escogido y construido

autónomamente. Así se prescinde incluso del propio cuerpo. Es decir,

se crea un ser humano incapaz de aceptar el dato de la realidad.

De ahí la negación de que la maternidad pertenece a la madre y

la paternidad al padre por sus capacidades y razones biológicas”.

(énfasis mío)

Ante este panorama, el juez asociado Rivera García valientemente

reafirma “que las figuras de padre y madre no son intercambiables

y sí importan. En consecuencia, creo firmemente que, en virtud

de su dignidad humana, todos los niños tienen el derecho a crecer

y formarse en el seno de una relación de padre y madre, claro está,

reconociendo que en la vida cotidiana surgen circunstancias que

inevitablemente conllevan la ausencia de tales figuras e incluso

se pueda dar la adopción por una sola persona. Sin embargo, lo

anterior no nos obliga a concluir que la sustitución de la identidad

de la figuras de madre y padre es un bien para el menor, pues está en

8 Opinión en conformidad del juez Kolthofff: “Por otro lado, los térmi-

nos ‘género’ u ‘orientación sexual’ tampoco se encuentran expresamente

mencionados entre aquellas clasificaciones de nuestra Constitución que

obedecen meramente al lugar de donde provengo, la nacionalidad que

ostento, o el estrato social o socioeconómico al que pertenezco. A saber,

‘origen, nacionalidad o condición social’”.