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pontificia universidad católica de puerto rico

circunstancias forzarían cambios junto a otros escenarios.

Los líderes políticos de Puerto Rico sabían que la ONU era un escenario

diferente del Congreso, ya que, por su composición, pondría los elementos

políticos y gubernamentales que no querían ceder poder a Puerto Rico

en situaciones muy precarias. En las Naciones Unidas se fraguaba una

controversia jurisdiccional que sería el contexto en el cual se dilucidaría

la controversia del caso de Puerto Rico. Señala Trías Monge:

Cuando se discute el caso de Puerto Rico, el objetivo preeminente de la

gran mayoría de los países no administradores era afirmar la exclusiva

competencia de la Asamblea General para relevar a sus miembros de las

obligaciones impuestas por el Art. 73 de la Carta. La cuestión sustantiva

de si Puerto Rico había o no alcanzado la plenitud de gobierno propio

ocuparía de hecho un segundo lugar.

253

Los debates en la ONU y sus comisiones tomaron vida propia y se produjo

una seria discusión sobre las dos controversias: la primera, ¿quién tiene

el poder de eximir el requisito de información?; y la segunda, si Puerto

Rico tenía una relación política aceptable con Estados Unidos según los

criterios de la ONU. En la primera controversia, Estados Unidos y los

demás poderes administradores de colonias sostenían que eran ellos los

que determinaban cuándo dejaban de informar. Por el contrario, los

países en desarrollo sostenían que era la ONU. En cuanto al desarrollo

político de Puerto Rico, Costa Rica, Perú, Brasil, Ecuador y Estados

Unidos respaldaron con fuerza que se había logrado un

status

no colonial;

mientras que India, Guatemala, México y el bloque soviético se oponían

con vehemencia a dicha posición.

En el proceso ante la ONU y frente al acalorado debate, Estados Unidos

fue cambiando su posición hasta llegar a una defensa entusiasta del

convenio con Puerto Rico y el principio de bilateralidad. El delegado

de Estados Unidos en el Cuarto Comité de la ONU, que consideraba la

Resolución Mason Sears, expresó:

A most interesting feature of the new constitution is that it was entered

in

the nature of a compact

between the American and the Puerto Rican people.

253 José Trías Monge,

Historia constitucional de Puerto Rico, Tomo IV

,

supra

, p. 12.