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pontificia universidad católica de puerto rico
rama legislativa.
225
El auditor, en tiempos del gobernador Tugwell, había
sido un gran obstáculo en el Gobierno, ya que detenía pagos en lo que
determinaba su conveniencia y sabiduría. La función de preauditoría
quedaría entonces en el Departamento de Hacienda.
la legislatura bicameral
La Comisión de la Rama Legislativa discutió las ventajas y desventajas de
los sistemas bicameral y unicameral de manera muy precisa, favoreciendo
el sistema de dos cámaras. Luego de describir las virtudes y los defectos
de ambos sistemas, el Informe concluyó expresando:
Luego de pesar detenidamente estos argumentos, vuestra comisión
considera que debe mantenerse en nuestro país el sistema de dos
cámaras. Durante los últimos cincuenta años ésta ha sido la forma de
organización legislativa utilizada en Puerto Rico. Bajo este régimen se
han creado valiosas tradiciones y prácticas que no deben destruirse. El
trámite indispensable de las medidas legislativas de una a otra cámara
y el doble examen de dichas medidas que el sistema bicameral supone,
exigen un estudio más detenido de ellas y evitan actuaciones hijas de la
irreflexión.
226
Esta disposición constitucional fue objeto de una controversia pública en
la que, al no tener los votos para enmendar la Constitución, la Legislatura
impulsó un referéndum para obligar a un proceso de enmienda paralelo.
El referéndumprodujo un resultado en favor de la Legislatura unicameral,
con la participación electoral más baja en nuestra historia.
227
El Tribunal Supremo de Puerto Rico no dio validez a dicho proceso.
228
La ciudadanía quedó en un alto grado de confusión, pues se inició un
proceso de consulta frustrado por diseño de sus promotores, algo que se
había advertido, pero no escuchado.
229
225
Ibíd.
, pp. 2587-2588.
226
Ibíd.
, p. 2589. Véase también: Escuela de Administración Pública,
La nueva Constitución de Puerto Rico
,
Editorial de la Universidad de Puerto Rico, Río Piedras (1954), pp. 287-299.
227 José Julián Álvarez,
Derecho Constitucional de Puerto Rico,
supra
, p. 242.
228
Córdova v. Cámara de Representantes,
171 D.P.R. 789 (2007).
229 Véase: «Referéndum Cámara Única: lo peor de dos mundos», Declaraciones de Rafael Hernández Colón,
Victoria Muñoz Mendoza y Héctor Luis Acevedo de 7 de junio de 2005.