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la convocatoria de una semilla:

fundamentos y dinámicas del desarrollo constitucional de puerto rico

vida de este país. Con ella empieza el liberalismo en Puerto Rico su ardua

peregrinación. A lo largo del siglo diecinueve la reconquista de los logros

de Cádiz fue tema básico del credo liberal.

Bajo la Constitución de 1812, Puerto Rico adquirió, junto a otros

territorios ultramarinos, la condición de parte integrante de España, con

iguales derechos que los disfrutados por cualquier provincia española y

el status de tal. En lo que toca a la ciudadanía, se borró toda distinción

entre peninsulares y colonos. Se concedió por primera vez a las colonias

el derecho a representación en Cortes, sin paso al cunerismo,

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pues para

ser diputado había que ser nativo de la provincia o avecindado en ella

por un número de años. La Constitución de Cádiz significó también en

Puerto Rico el disfrute del sufragio universal, los ayuntamientos electivos,

el establecimiento de una Diputación Provincial, el reconocimiento

de la libertad de expresión y otros derechos y la revocación por las

Cortes, a petición de nuestro diputado, Ramón Power, de las facultades

omnímodas otorgadas por el Consejo de Regencia al Capitán General el 4

de septiembre de 1810.

El primer tiempo de la Constitución de Cádiz terminó con la restauración

del absolutismo el 4 de marzo de 1814, lo que significó en Puerto Rico

la supresión inmediata de la Diputación Provincial y los ayuntamientos

electivos, la derogación de la libertad de imprenta –la imprenta no llega

a Puerto Rico hasta 1806–, la pérdida de la ciudadanía española y la del

status de provincia.

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Al evaluar esos logros constitucionales, el rigor histórico exige conocer

que sus medidas no siempre fueron obedecidas por los gobernadores

de las provincias.

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Aquello de que unos mandan y otros no obedecen

es una realidad inescapable en moderar las expectativas de los logros

constitucionales. Todo ordenamiento depende de su cumplimiento, pues

si no, se corre el riesgo de tornarse en un simulacro de sueños recogidos

en un lienzo de papel.

34 ‘Cunerismo’ era la práctica de designar a un residente de España para que representara en el parlamento a

una región de América. Rafael María de Labra representó por décadas, con lealtad y dedicación ejemplar, a

Puerto Rico. Labra es quizás el mejor ejemplo del buen «cunerismo».

35 José TríasMonge,

La Constitución de Cádiz. El proceso de su convocatoria y aspectos de su significado,

reproducido

en la página de la Academia Puertorriqueña de Jurisprudencia y Legislación,

www.academiajurisprudenciapr.

org

, consultada el 12 de octubre de 2011, pp. 4-5.

36 Rieu-Millan,

Los diputados americanos en las Cortes de Cádiz

,

supra

, p. 311.