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pontificia universidad católica de puerto rico
razón de la guerra que se acercaba desde 1914 y que ya, a comienzos de
1917, era inminente.
Morales Carrión aportó información cuando el proyecto, conocido luego
como
Ley Jones
se discutía en el Senado, y Newton Baker, el secretario
de Guerra de los Estados Unidos, le escribió el 16 de febrero de 1917
al senador Shaforth, encargado del proyecto, urgiendo su aprobación
rápida, pues era vital, ya que la actitud de los puertorriqueños sería «of
the utmost importance if we are to soon face an international crisis».
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El bloqueo de barcos estadounidenses que se rumoraba a comienzos del
1917, y que se materializó en marzo, y el telegrama del ministro alemán
de asuntos exteriores Zimmerman ofreciéndole a México los territorios
de Texas, Nuevo México y Arizona si le abría un frente a Estados Unidos
fue el contexto no prevenido, pero contemporáneo, de la Ley Jones. El
20 de febrero de 1917 se aprobó el proyecto en el Senado, y el 2 de marzo
de 1917 lo firmó el presidente Wilson.
Cabranes entendía que la principal razón de la Ley Jones correspondía
al propósito de promover una relación permanente dentro de la
jurisdicción de los Estados Unidos. Esa fue la intención de todos los
proyectos radicados por más de quince años y la propuesta de diferentes
presidentes. El Proyecto tomó urgencia al aprobarse la Ley Jones para
Filipinas en 1916 y al acercarse la Primera Guerra Mundial a las costas
estadounidenses. Entiendo que esa fue la razón principal aunque el
empuje final lo brindó la inminencia de la guerra. La Ley Jones se firmó
el 2 de marzo de 1917, y dispuso estos cambios:
• un Senado con siete distritos, dos senadores por distrito y una
Cámara de Representantes electiva con treinta y cinco distritos
unipersonales. Todos los distritos serían compactos, de igual
población y compactos para evitar lo sucedido en 1900 con «El
Jorobao». Se dispuso para que la Legislatura pudiese redistribuir
los distritos de conformidad con los cambios en la población, lo
que nunca se hizo;
• una Carta de Derechos;
• la ciudadanía norteamericana colectiva, es decir, todos los que
130 Véanse: nota 5 y Baker to Shaforth, February 16, 1917 National Archives Record Group 350 Bureau of
Insular Affairs War Department Record Card Part five 3377 page 413, citado en Arturo Morales Carrión,
Puerto Rico and the United States The Quest for a New Encounter, supra
, p. 53
.