Table of Contents Table of Contents
Previous Page  122 / 220 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 122 / 220 Next Page
Page Background

122

pontificia universidad católica de puerto rico

gran democracia de América.

Puesto que la adopción de una constitución por parte de un pueblo implica

la existencia de poderes de soberanía en ese pueblo, el reconocimiento del

derecho de Puerto Rico a hacer su constitución encierra el reconocimiento

de su pleno poder para constituirse democráticamente, por sí mismo,

dentro de los términos del convenio libremente acordado.

***

Es una creación política de fecundas posibilidades. Por su naturaleza ni

excluye ni implica la estadidad federada, la independencia separada u

otra forma de organización política a que nos puedan conducir nuestra

voluntad y destino.

El pueblo de Puerto Rico se liberta con ella de la encerrona jurídica y

emocional en que se hallaba, para dedicarse, sin angustias de espíritu ni

torturas de palabras, a la dura y difícil tarea de levantar sus niveles de vida

y de ahondar y ensanchar su cauce cultural, incluyendo en el constante

perfeccionamiento de su democracia.

196

Las aspiraciones políticas de desarrollos sobre el futuro

status

de Puerto

Rico habían sido objeto de propuestas y debates desde el inicio de los

trabajos. La minoría estadista insistía tenazmente en que el Preámbulo

reflejara, como planteara don Miguel Ángel García Méndez, la visión de

«unión permanente e indisoluble con los Estados Unidos de América,

bajo cuya bandera aspiramos a disfrutar eventualmente de la completa

igualdad en la dignidad de un

status

de carácter irrevocable…».

197

Al final de los trabajos de la Convención, la minoría estadista no había

deseado comprometer sus votos por la Constitución. Don Luis A. Ferré

produjo entonces una enmienda al Preámbulo para sustituir el término

asociación

por el de

unión

, y Muñoz decidió aceptar la enmienda. Con ello

garantizó el voto en favor de los tres partidos que concurrieron a dicha

Convención.

198

La votación final de los 92 constituyentes fue 88 en favor

y 3 en contra, con el delegado estadista Ramiro Colón Castaño excusado

196

Diario de sesiones de la Convención Constituyente

,

Tomo IV

,

supra

, Informe de 21 de diciembre de 1951, pp.

2554-2555.

197

Ibíd.

,

Tomo I

, p. 18 de 17 de septiembre de 1951.

198

Ibíd.

, pp. 2360-2361, sesión del 4 de febrero de 1952.